La asociación DEFIENDE TU AVICULTURA (G10731255), cuya representación supera el 25% de la cabaña nacional de los avicultores de carne de pollo y pavo, pone en en vuestro conocimiento:
– Que con fecha 30 de junio de 2.022 se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/1040 DE LA COMISIÓN por el que se modifican los anexos VI y XV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 en lo que respecta a las listas de terceros países, territorios, o zonas de estos, autorizados a introducir en la Unión determinadas aves en cautividad y sus productos reproductivos, así como productos cárnicos de aves de corral.
– Que en el punto (8) de dicho reglamento se refleja que “Marruecos ha presentado una solicitud a la Comisión para que se autorice la entrada en la Unión de partidas de productos cárnicos de aves de corral distintas de las ratites, y ha aportado garantías en relación con el cumplimiento, por parte de dicho tercer país, de los requisitos en materia de notificación y presentación de informes sobre las enfermedades a las que se hace referencia en el anexo I, punto 1, del Reglamento Delegado (UE) 2020/692 pertinentes para las aves de corral, así como garantías relativas al cumplimiento, por parte de dicho tercer país, de los requisitos zoosanitarios de la Unión pertinentes, o de requisitos equivalentes. Por tanto, y habida cuenta de la situación sanitaria de las aves de corral en Marruecos, procede incluir este tercer país en la lista del anexo XV, parte 1, sección A, del Reglamento de ejecución (UE) 2021/404 en lo que respecta a los productos cárnicos de aves de corral distintas de las ratites, que hayan sido sometidos al tratamiento específico de reducción de riesgos «D» a que se hace referencia en el anexo XXVI del Reglamento Delegado (UE) 2020/692.”
– Que por tanto Marruecos queda incluido como país autorizado para exportar, entre otros, sus pollos y pavos a la Unión Europea y por tanto a España.
– Que este Reglamento entró en vigor el 1 de julio de 2.022 y es obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
– Que la inclusión de este tercer país en la lista del anexo XV, parte 1, sección A, del Reglamento de ejecución (UE) 2021/404 entraña un doble riesgo para España.
El primero de garantía de salud pública para la población española ya que se desconocen los procedimientos que se van a seguir en Marruecos de control y seguimiento del cumplimiento de condiciones sanitarias y bienestar animal exigidas, algo que se le ha venido siendo denegado en numerosas ocasiones.
El segundo es la destrucción del empleo, tanto directo por el cierre de muchísimas explotaciones ganaderas, mataderos, incubadoras, fábricas de pienso,… como indirecto.
Por todo ello la Asociación DEFIENDE TU AVICULTURA solicita:
– Al Gobierno de España que inste a la autoridad sanitaria a que tome las medidas necesarias para garantizar que la salud pública no se vea afectada por esta decisión con la aplicación de férreos controles.
– Al Gobierno de España que vele por los empleos y negocios amenazados por esta decisión para que no se destruyan.
– Al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación que reconsidere su postura de reunirse con nuestra Asociación y estudiar unidos medidas que permitan minimizar los daños que se espera de esta novedad.
– A la Asociación Interprofesional AVIANZA que reconsidere su postura de reunirse con nuestra Asociación a la mayor brevedad, no volviendo a rehusar recibir nuestras notificaciones. Le tendemos la mano de nuevo para tratar los problemas que vienen ahogando a los avicultores sumado a esta noticia, recordándoles que para enfrentarse a los problemas hay que hacerlo con inteligencia y diálogo.
En Sahagún a 3 de julio de 2022
Fdo.: Alexis Codesal Rivas
Presidente de la Asociación “DEFIENDE TU AVICULTURA”